«Creación, por ley, del Instituto de Cultura de Cantabria»

AUTOR:
Luis J. Cabrero Méndez.
FECHA:
10 de noviembre de 2003.


Pienso que el problema de la construcción de edificaciones con estilos regionales que no sean cántabros se puede reglamentar con la creación, por ley, del Instituto de Cultura de Cantabria.

El cuerpo rector del Instituto se compondrá de un Director y una Junta de Gobierno nombrados cada cuatro (4) años (o los que se determinen).

Las personas que integren estas posiciones estarán claramente identificadas con los intereses culturales e históricos de Cantabria.

La forma de ser nombrados será totalmente apolítica y por los votos de los ciudadanos (contribuyentes registrados) de Cantabria.

La forma de ser nombrados es de suma importancia, queda pendiente y deberá responder a los intereses de Cantabria.

La Junta de Gobierno se compondrá de diez (10) personas:
    A) dos (2) podrán representar instituciones donantes (nunca dos personas de la misma institución o industria),

    B) tres (3) que profesen los intereses culturales e históricos de Cantabria (escritores, arqueólogos, poetas, pintores, escultores, talladores, etc.) y

    C) cinco (5) que representen a los ciudadanos (el interés público) de Cantabria.
Los integrantes de la junta (10) y el director (1) tendrán el derecho y la responsabilidad de ejercer un (1) voto cada uno.

Las decisiones serán tomadas de forma democrática mediante la voluntad de la mayoría.

En aquéllas votaciones en que la Junta de Gobierno esté dividida en partes iguales (cinco a cinco) el voto del Director será siempre determinante.

Con el Instituto se desarrollarán e implementarán reglamentos que protejan los intereses culturales e históricos de Cantabria.

De esa forma podrán
    1) establecer las bases que determinen el estilo de las estructuras y las fachadas arquitectónicas a ser construidas en las zonas históricas y turísticas de Cantabria*,

    2) fomentar la música, los bailes, la artesanía, las costumbres, la literatura y la poesía de las diferentes regiones de Cantabria,

    3) proteger y desarrollar los estudios arqueológicos e históricos de Cantabria,

    4) agrupar, custodiar, conservar, exponer y difundir los documentos históricos y las manifestaciones culturales de Cantabria.

    *Estos reglamentos tendrán fuerza de ley y solo podrán ser "retados" mediante el debido proceso legal, en la corte de justicia que corresponda.
Los fondos para sostener el Instituto provendrán de asignaciones de:
    a) el Gobierno de Cantabria,

    b) donaciones del público e instituciones privadas,

    c) la venta de "souvenirs" (camisetas, gorras, pegatinas, sombrillas, etc. alusivos a Cantabria) y otros productos relacionados (publicaciones, fotografías, grabaciones, cerigrafías, pinturas, grabados, esculturas, tallas, etc.) con la cultura e historia cántabra.
Confío en que mi idea aporte alguna luz al conflicto de las estructuras foráneas.

Por favor disculpen mi gramática. Soy puertorriqueño descendiente de cántabros de Peñacastillo y de Santander. Llevo a Cantabria en el corazón pues, como dice el dicho:
    En esta casa a Cantabria
    se recuerda con cariño
    pues nos enseñaron a quererla
    con mucho amor desde niño.

Un abrazo cordial,
Luis J. Cabrero Méndez.


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© Carlos Gustavo Alútiz Ruisánchez - 2003

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